El Senado de la República aprobó la minuta que reforma la Ley Orgánica del Congreso General para reducir de 56 a 46 el número de comisiones ordinarias en la Cámara de Diputados.
El Pleno de la Cámara Alta autorizó dejar sin efecto el turno a comisiones y, en consecuencia, dispensar trámites al proyecto de decreto que reforma los artículos 39 y 43 de la ley antes mencionada, el cual fue aprobado con 102 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones y se remitió al Diario Oficial de la Federación.
-En el dictamen se explica que la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego y Desarrollo Rural se convierten en la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria.
-La Comisión de Desarrollo Metropolitano se fusiona con la de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial para quedar como la Comisión de Desarrollo Metropolitano, Urbano y Ordenamiento Territorial.
-La Comisión de Desarrollo Municipal se fusiona con Fortalecimiento al Federalismo para quedar como la Comisión de Federalismo y Desarrollo Municipal.
-Las comisiones de Gobernación y Población se fusionan para quedar como la Comisión de Gobernación y Población.
-Además, estará la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres.
-Por último, se informa que los asuntos de la Comisión de la CDMX pasarán a la Comisión de Gobernación y Población.
En el decreto se menciona que a partir de su entrada en vigor los asuntos a cargo de las comisiones ordinarias que se extinguen o fusionan, se distribuirán de la siguiente manera:
En el documento se menciona que las comisiones tendrán hasta 30 miembros o el número necesario para garantizar la proporción entre la integración del Pleno y la conformación de comisiones, de tal manera que los Grupos Parlamentarios no pierdan su representación proporcional en ellas.
Fuente: Gaceta Parlamentaria del Senado de la República
Además, el encargo de sus integrantes será por el término de la legislatura, salvo aquellas que conozcan de una iniciativa preferente las cuales deberán constituirse a más tardar en la tercera sesión ordinaria del primer periodo de sesiones del primer año de ejercicio de la legislatura.