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Este 10 de junio fue publicado en la Gaceta Parlamentaria, el anuncio de la Presidencia de la Mesa Directiva con el que comunica que en la sesión extraordinaria del lunes 13 de junio de 2016, la Cámara de Diputados deberá erigirse en Jurado de Procedencia.
Lo anterior indica que en la sesión extraordinaria del 13 de junio, se analizará el dictamen de la Sección Instructora relativo al procedimiento de Declaración de Procedencia del Juicio Político solicitado por la Procuraduría General de la República en contra de la ciudadana Lucero Guadalupe Sánchez López, diputada del congreso del estado de Sinaloa.
El pasado 12 de mayo, la Sección Instructora de la Cámara de Diputados envió dicho dictamen a la Mesa Directiva, por ley, el contenido de este (si la Sección Instructora avala o no el desafuero) sólo podrá ser conocido en la Sesión en que la Cámara se erija como Jurado de Procedencia.
Esta función jurisdiccional de la Cámara de Diputados está reglamentada en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la cual dice en su artículo 20 que la Cámara de Diputados se erigirá en órgano de acusación, previa declaración de su Presidente. Acto seguido, la Secretaría dará lectura a las constancias procedimentales o a una síntesis que contenga los puntos sustanciales de éstas, así como a las conclusiones de la Sección Instructora.
Acto continuo se concederá la palabra al denunciante, en este caso la PGR, y después al servidor público o a su defensor, o a ambos si alguno de éstos lo solicitase, para que aleguen lo que convenga a sus derechos. El denunciante podrá replicar y, si lo hiciere, el imputado y su defensor podrán hacer uso de la palabra en último término.
Retirados el denunciante y el servidor público y su defensor, se procederá a discutir y a votar las conclusiones propuestas por la Sección Instructora.