Acerca de la Defensora

Mtra. María Gabriela Ortiz Portilla

Es Licenciada en Relaciones Internacionales por la Universidad Iberoamericana donde realizó un Diplomado en Derecho Internacional en laUniversité Jean Moulin Lyon en Francia, además cuenta con una maestría en Derecho por la Universidad Anáhuac y un Máster en Comunicación Política y Gobernanza por la The George Washington University, donde realizó un trabajo de investigación sobre perspectiva de género y su utilidad en las instituciones de gobierno.

El 26 de abril de 2022 fue designada como Defensora de la Audiencia del Canal del Congreso por la Comisión Bicamaral del Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Desde la Defensoría de Audiencia del Canal del Congreso ha trabajado por la igualdad de género, en octubre 2023, organizó y moderó un foro virtual de mujeres especialistas en violencia de género y violencia mediática. Durante este enriquecedor proyecto, trabajó incansablemente para crear un espacio seguro para que los derechos e las audiencias y la igualdad de género se vean reflejados en la programación del Canal del Congreso.

  • ¿Qué hace la Defensora?

    Su principal función es recibir, documentar, procesar y dar seguimiento a las observaciones, quejas, sugerencias, peticiones o señalamientos que formulen las personas que componen la audiencia, en materia de contenidos y programación del Canal del Congreso.

    En este contexto, la Defensora de Audiencia es el encargado de promover y proteger los derechos de la audiencia, siempre bajo los principios de imparcialidad, independencia y respeto a la libertad de expresión.

    Funge como el interlocutor que promueve el diálogo directo y el intercambio de información sustantiva entre el Canal y la sociedad.

  • ¿Cómo te defiende?

    Mediante un procedimiento sencillo, ágil y expedito para analizar y dar respuesta a las observaciones, quejas, sugerencias, peticiones o señalamientos de la audiencia.

    Llevando a cabo las investigaciones pertinentes que se deriven de estos señalamientos y establecer los mecanismos necesarios para su atención.

    La respuesta de la Defensora debe otorgarse en un plazo máximo de 20 días y para el caso del Derecho de Réplica, el plazo máximo será de 6 días.

Inklusion
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