- Sigue la transmisión de la señal
-
Canal 45.1
-
Canal 45.2
-
Canal 45.3
Fue aprobada por el Senado de la República una reforma a la Ley de Aviación Civil para indicar que los pasajeros con alguna discapacidad tendrán derecho a transportar sillas de ruedas, andadores, prótesis, muletas, bastones o cualquier otro instrumento que esté directamente asociado con su condición.
El proyecto de decreto que reforma el artículo 50 de la ley antes mencionada, establece que los instrumentos que utilicen de manera personal los usuarios de transporte aéreo con discapacidad, no serán tomados en cuenta como equipaje.
En el dictamen aprobado se menciona que el artículo 19 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, mandata que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes “promoverá el derecho de las personas con discapacidad, sin discriminación de ningún tipo, al acceso al transporte, los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, particularmente aquellas que contribuyan a su independencia y desarrollo integral”.
Por tratarse de una minuta de la Cámara de Diputados aprobada sin modificaciones, el documento se remitió al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.