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El dictamen también establece que no serán consideradas discriminatorias todas aquellas medidas tendientes a la protección de grupos socialmente desfavorecidos y las que garanticen el Estado laico, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política.
Al fundamentar el dictamen, el Diputado Ramón Bañales Arambula (PRI) aseguró que esta propuesta es de gran relevancia y de significativa nobleza porque contribuye a fortalecer la cultura de la no discriminación.
Explicó que la modificación busca prohibir toda acción u omisión que discrimine o ejerza violencia de cualquier tipo a una persona por razón de sus creencias religiosas o discapacidades físicas. “De aprobarse la reforma se armoniza el concepto de discriminación en el Código Penal y la Constitución Política”, añadió.
La modificación aprobada establece que se aplicará sanción de uno a tres años de prisión o de 150 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad, y hasta 200 días multa, al que por razones de religión o discapacidades atente contra la dignidad humana o anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas.
En el cuerpo del dictamen los legisladores establecen que la libertad religiosa es, por su naturaleza, parte fundamental de los derechos del hombre.
Sin embargo, advierten problemas de intolerancia que se presentan al interior de varios estados, por lo que, manifestaron, resulta apremiante regular y adecuar la legislación en la materia para garantizar que todos los mexicanos puedan ejercer, sin limitación alguna, el credo de su preferencia.
El dictamen aprobado se turnó a la Cámara de Senadores para continuar con su proceso legislativo, de acuerdo a lo que establece el artículo 72 de la Constitución Política.